El TSJ de Madrid falla, contra la Comunidad de Madrid
Informa el Diario PÚBLICO (10-11-2009) que la Justicia madrileña dio ayer un espaldarazo a los miles de personas que se quejan del retraso en la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre en la región.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula y deja sin efecto cuanto dispone el artículo 5 de la Orden 2386/2008 de 17 de diciembre. Orden que regula el Procedimiento aplicable en la Comunidad de Madrid para la Valoración y Reconocimiento de la Situación de Dependencia y el Procedimiento para la Elaboración del Programa Individual de Atención (PIA) en la Comunidad. (ver: Orden 2386/2008)
- Artículo 5
El procedimiento para el reconocimiento del grado y nivel de dependencia se resolverá en el plazo máximo de seis meses, a contar desde la fecha en que la solicitud tenga entrada en cualquiera de los registros de la Consejería competente en materia de dependencia. Transcurrido este plazo sin resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada, sin perjuicio de la obligación de la Administración de resolver expresamente.
- Artículo 6
El procedimiento para la determinación del Programa Individual de Atención se resolverá en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de su Acuerdo de Inicio. Transcurrido este plazo sin resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada, sin perjuicio de la obligación de la Administración de resolver expresamente.
El fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera exclusivamente el articulo 5 contrario a "... lo dispuesto en el articulo 43.2 de la Ley 30/1992, debiendo entender estimada la solicitud en tal circunstancia..."
La Plataforma por la Dependencia en Alcorcón que recurrió la Orden autonómica, informó que la sentencia "va a tener un efecto positivo como elemento dinamizador de la tramitación de las solicitudes". Según explicó J. Ausín, abogado de la Plataforma, tal y como quedan las cosas el fallo no es firme, al caber recurso de casación.
Por otro lado, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, desestimó otros recursos de la Plataforma contra distintos puntos de la norma autonómica. Por ello, según explicó J. Ausín, la Asociación de Minusválidos de Alcorcón, que forma parte de la Plataforma, recurrirá ante el Tribunal Supremo. Su mayor demanda es evitar que el plazo de tiempo máximo para resolver los expedientes se separe en dos periodos independientes, cada uno de seis meses, lo que favorece el retraso en la gestión.
Que esperarán les dijeron, solo unos meses, pero que infierno se vive cuando la vida se esta jugando... en flagrante incumplimiento de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.
Enviado por: F. Briones
0 comentarios